
Abierto hasta el 30 de septiembre el plazo de ayudas para renovar equipamiento hostelero
Carmelo Navarro informa de que las subvenciones se conceden por orden de entrada de las solicitudes completas y pueden cubrir hasta el 100% del coste subvencionable, con ayudas de entre 5.000 y 11.000 euros por establecimiento.
El concejal de Empresas y Autónomos, Carmelo Navarro, ha informado de que permanece abierto hasta el 30 de septiembre el plazo para solicitar las ayudas impulsadas por el Ministerio de Industria y Turismo destinadas a la renovación de equipamiento en el sector de la hostelería. El plazo podría cerrarse antes en caso de agotarse el presupuesto disponible.
Las solicitudes deberán tramitarse de forma electrónica a través del portal de ayudas del Ministerio de Industria y Turismo, donde también puede consultarse toda la información relativa a la convocatoria: https://www.mintur.gob.es/PortalAyudas/Paginas/Index.aspx
Las subvenciones están destinadas a sustituir electrodomésticos o maquinaria industrial hostelera por equipos de menor consumo energético en establecimientos de alojamiento y restauración turísticos. También contemplan la renovación de terminales de climatización, toldos y sombrillas por otros más eficientes.
Quedan fuera de estas ayudas los equipos y maquinaria que utilicen combustibles fósiles, incluido el gas natural.
Ayudas de hasta 11.000 euros
La concesión se realiza de forma directa y por orden de entrada de las solicitudes que estén completas. La ayuda puede alcanzar hasta el 100% del coste subvencionable, con una cuantía mínima de 5.000 euros y una máxima de 11.000 euros por establecimiento, IVA excluido.
Entre los gastos subvencionables se incluyen la adquisición de equipos y materiales, los costes de ejecución de obras o instalaciones, la gestión de residuos generados por la renovación y los honorarios profesionales para elaborar el certificado de eficiencia energética. También se contemplan los costes de gestión de la solicitud, hasta el 4% de la inversión, y los de justificación de las ayudas, hasta el 7%.
El plazo de ejecución y pago de las actuaciones comprende desde el 1 de marzo de 2026 hasta un mes después de la fecha de notificación de la resolución de concesión de la ayuda.
Los autónomos y empresas interesados pueden consultar tanto la convocatoria como el Real Decreto que regula estas ayudas a través de los canales oficiales del Ministerio de Industria y Turismo y del Boletín Oficial del Estado: https://boe.es/boe/dias/2026/07/30/pdfs/BOE-A-2026-16554.pdf